Así como lo leen. Si bien esta decisión es en primera instancia (la del Jurado Especial Electoral), la «combi» de José Barba Caballero parece que tiene graves desperfectos y que, en unos días, ello lo hará colisionar de la forma más atroz que jamás pudo imaginarse. Mostramos el caso de su tacha hacia Alex Kouri ayer; hoy le mostramos algo mejor.
Lo presentado ayer, en este blog, fue la tacha que le hizo el ciudadano Alberto Espinoza Najaro. Lo que exhibo el dia de hoy es el dictámen que inhabilita A TODO el vientre de alquiler de Cambio Radical por no haber tenido elecciones internas. Dicho procedimiento es obligatorio en todas las agrupaciones políticas que deseen postular según la Ley de Partidos Políticos (Capítulo V – Artículos del 19° al 27°).
Dicho fallo inhabilitaría A TODO postulante a regidor y alcalde alrededor de la gran Lima Metropolitana y fue presentada por el abogado Guillermo Olivera Díaz. Entre las pruebas que presentó están, por ejemplo, la renuncia de José Barba a CR y de toda la secretaría nacional de dicha agrupación en el 2006 y la improvisacion de CR en crear una ilegal “Comisión provincial electoral” en un grupo «desencabezado».
Así informó RPP Noticias sobre los motivos que alentaron esta segunda tacha… esta vez contra TODO Cambio Radical.
«Olivera había sustentado su tacha señalando, entre otros aspectos, que Kouri no había sido elegido candidato en elecciones internas democráticas, tal como lo manda la ley, y que el partido Cambio Radical carecía de los órganos internos competentes para cumplir con dicho requisito.
Al rechazar estos argumentos, el JEE señaló que la tacha no cuestionó la candidatura de Kouri, sino que alegó defectos en la constitución, funcionamiento y designación de los representantes al interior de Cambio Radical.
Además, la rechazó porque si bien el ex presidente regional no se encuentra afiliado a Cambio Radical, no existen restricciones para que como simpatizante sea propuesto para cargos electivos y que, además, fue elegido en elecciones internas a través de órganos partidarios.
No obstante, la resolución del JNE que declara fundada en parte esta tacha señala en sus fundamentos que de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 22 de la Ley de Partidos Políticos y sus modificatorias, la elección de autoridades y candidatos debe regirse por las normas de la democracia interna establecidas en dicha ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupación política.»
Esto diluye todo, volvemos a comenzar las elecciones de nuevo, un Plan de Gobierno menos qué leer… pero, así como la tacha de Espinoza, se tiene que esperar que el Jurado Nacional de Elecciones dé su veredicto final.
El personero de Cambio Radical declara que hubieron internas en dicha agrupación entre el 11 y el 13 de junio. El problema es que, tal como constata el demandante, no existe ningún órgano electoral interno capaz de avalar los resultados correspondientes. Si se llega a concretar, y todo parece que si, sería una grán lección del órgano electoral hacia todos aquellos comodines y tránsfugas que sólo ven en la política un «mercado persa».
«Mamá Barba» parece que va a perder a TODOS sus bebés por el aborto masivo y tempestivo que le puede aplicar el Jurado Nacional de Elecciones. Eso cambia el panorama electoral por completo en la provincia de Lima Metropolitana y en sus distritos. Sería bueno que ya vayan retirando toda esa propaganda y papeleo con el cual éstos sujetos ensuciaron nuestra ciudad… para nada.
Pd. Una vez que salga la Resolución del JEE actualizaremos este post.